La Quiaca es una ciudad del noroeste de la Argentina, ubicada al norte de la Provincia de Jujuy, cabecera del departamento de Yavi.
De productos procedentes de otros mercados, con el fin de distribuirlos en el mercado local o en el mercado internacional dentro de la región.
Transformación de insumos procedentes de otros mercados, con el fin de generar mayor mano de obra local, destinar el producto final al mercado local, con la finalidad de iniciar una etapa de sustitución de importaciones dentro de la empresa, con la posibilidad de comenzar a planificar la introducción en nuevos mercados.
Transformación de insumos locales, con la finalidad de retornar al TAG el producto final, o ingresar a nuevos mercados.
Ferrocarril General Belgrano que se conecta con el ramal occidental de los ferrocarriles bolivianos.
Aeropuerto Internacional de La Quiaca Dr. Guilermo E. Snopek
Ruta Nacional N° 9. Transporte público regular de corta y larga distancia. Terminal de Ómnibus La Quiaca.
Excención fiscal para ingreso de mercadería, maquinaria, equipamiento productivo.
Ingresar mercadería alcanzada por restricciones de carácter económico para el Territorio Aduanero General.
Egreso de mercadería producida o transformada al Territorio Aduanero General
Exención del pago de tributos que alcanzan a la importación a consumo.
Ampliación de mercado: Comercio Interior-Exterior
Reducción de costos por exención de contribuciones patronales de seguridad social
Reducción de costos operativos
Simplificaciones administrativas (DJAI)
● 1.300 m2 superficie aproximada ● Duty Free Shop: 1000 m2 superficie aproximada ● Locales de venta de vehículos ● Locales generales ● Sectores de almacenamiento ● Estacionamiento vehicular para usuarios y consumidores
ALIMENTOS: Todos, excepto: carnes frescas, verduras frescas, legumbres frescas, hortalizas frescas, pescados frescos, moluscos frescos y crustáceos frescos.
BEBIDAS: Todas, sin excepciones.
ARTÍCULOS Y DISPOSITIVOS PARA LA SALUD: Ortesis, prótesis e implantes, armazones y lentes, de contacto, graduados, para sol, fajas, apósitos, vendajes medico quirúrgicos, muletas; tablillas, férulas, bastones, andadores, sillas de ruedas, holters, desfibriladores, audífonos, nebulizadores, tensiómetros y demás artículos o aparatos, de uso médico o estético que lleve o utilice la propia persona para compensar un defecto o incapacidad. Todos aquellos productos y dispositivos para la salud, sus repuestos, insumos y accesorios que por su utilidad se consideren al presente rubro.
ARTÍCULOS DE VIAJE: Todos, sin excepciones, de todo tipo de material natural, sintético o mezcla.
PRENDAS DE VESTIR: Todas, sin excepciones, de todo tipo de material natural, sintético o mezcla, incluyendo accesorios de vestimenta. Calzado de todo tipo de material, natural, sintético o mezcla.
MUEBLES: Todos, sin excepciones. De madera u otro material.
AJUAR HOGAREÑO: Todos, sin excepciones.
PERFUMES, COSMÉTICOS, ARTÍCULOS DE TOCADOR E HIGIENE PERSONAL: Todos, sin excepciones.
ARTÍCULOS DE JOYERÍA, BIJOUTERIE Y ARTÍCULOS DE USO PERSONAL: Todos, sin excepciones.
ARTÍCULOS DE LIBRERÍA: Todos, sin excepciones.
MATERIALES Y EQUIPAMIENTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS Y SU MANTENIMIENTO: Construcción tradicional, prefabricada e industrializada de cualquier material, genéricamente materiales, insumos y accesorios de estructuras, para pisos, revestimientos, techos, cubiertas, cielorrasos, aislaciones, cerramientos, instalación sanitaria, instalación eléctrica, telefónica, de video e internet, antenas, pararrayos, instalación de gas, calefacción, acondicionamiento de aire y agua, artefactos para cocinas y baños, mampuestos incluso refractarios, piezas de hormigón, hormigón armado, materiales para cercos, premoldeados, equipos e insumos para generación y acumulación de energía no convencional (solar, geotérmica, eólica y análoga), materiales y equipos para extracción, purificación, conducción, acumulación y modificación de temperatura de agua domiciliaria, calderas, calefactores, termotanques, calefones, cocinas, hornos, anafes, domótica, intercomunicadores, alarmas, sensores, videocámaras, monitores, equipamiento para automatización, y, en general, todos aquellos productos, sus repuestos, insumos y accesorios, que por su utilidad se consideren como pertenecientes al presente rubro.
INSECTICIDAS, FUNGUICIDAS, ARTÍCULOS DE HIGIENE DE USO DOMÉSTICO: Todos, sin excepciones.
ELECTRODOMÉSTICOS: Heladeras, freezers, lavarropas, secarropas, lavasecarropas, lavavajillas, termotanques, calefones, aires acondicionados, calefactores, ventiladores, cocinas, hornos, hornos microondas, anafes, campanas, batidoras eléctricas, cafeteras, licuadoras, procesadoras, pavas eléctricas, tostadoras, freidoras, vaporeras, aspiradoras, planchas, secadores de cabello, teléfonos inalámbricos, máquinas de coser y tejer, planchas, aspiradoras, lustradoras, encendedores, radios, equipos reproductores de audio y video, aparatos de televisión, equipos de telecomunicaciones, para uso familiar exclusivamente y todos aquellos productos, sus repuestos, insumos y accesorios, que por su utilidad se consideren como pertenecientes al presente rubro.
TECNOLOGÍA: Teléfonos celulares y accesorios, relojes inteligentes, pc de escritorio, notebooks y netbooks, tablets, monitores, pantallas y proyectores, mouses, teclados, consolas, accesorios y videojuegos, drones, impresoras, accesorios de informática, conectividad, estabilizadores, memorias usb, tarjetas de memoria, discos externos, parlantes, GPS y todos aquellos productos, sus repuestos, insumos y accesorios, que por su utilidad se consideren como pertenecientes al presente rubro.
JUGUETES, JUEGOS, ENTRETENIMIENTO, ARTÍCULOS DE DEPORTE, CAMPING Y PESCA: Todos, sin excepciones, salvo armas de fuego y cartuchos para estas de cualquier tipo y calibre.
FERRETERÍA, CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONSTRUCCIONES. HERRAMIENTAS Y MÁQUINAS HERRAMIENTAS DE USO MANUAL: Todos sin excepciones.
PARTES, REPUESTOS Y ACCESORIOS DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES comprendidos en la Categoría “A” establecida por el artículo 3° del Decreto No 2.677/91 y motociclos: Todos.
TABACOS Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS: Todos los tabacos, sin excepciones.